La medida fue oficializada mediante la Resolución General 5871/2026, publicada en el Boletín Oficial. 

Más tiempo para presentar la documentación
La prórroga comprende la presentación de:
🔶Memoria.
🔶Estados Contables.
🔶Informe del Auditor.
🔶Documentación complementaria exigida por ARCA.
Toda la información debe enviarse a través del servicio con clave fiscal "PUB – Presentación Única de Balances". 

¿Quiénes están alcanzados?
La medida beneficia a:
♦️Sociedades.
♦️Empresas unipersonales.
♦️Fideicomisos.
♦️Otros sujetos alcanzados por el Impuesto a las Ganancias que confeccionan balances comerciales y cuyo ejercicio cerró en diciembre de 2025. 

¿Por qué se otorgó la prórroga?
ARCA explicó que la decisión responde a la superposición de vencimientos fiscales y a los pedidos realizados por los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, que advirtieron la elevada carga de trabajo para estudios contables y empresas durante este período. 

¿Qué pasa si no se cumple?
La normativa mantiene vigente el régimen de sanciones previsto por la legislación tributaria. La falta de presentación dentro del nuevo plazo puede generar multas, además de otras consecuencias administrativas y fiscales para los contribuyentes incumplidores. 

Puntos clave
📅 Nuevo vencimiento: 31 de julio de 2026.
📄 La prórroga fue establecida por la Resolución General 5871/2026.
🏢 Alcanza a empresas con cierre de ejercicio en diciembre de 2025.
💻 La presentación debe realizarse mediante el servicio PUB – Presentación Única de Balances.

⚠️ El incumplimiento puede derivar en multas y otras sanciones fiscales.


Dato destacado
La prórroga fue impulsada tras numerosos reclamos de entidades profesionales debido a la acumulación de vencimientos impositivos y contables de fines de junio, otorgando un mes adicional para cumplir con esta obligación fiscal.