📌 Objetivo de la iniciativa
El proyecto tiene como finalidad establecer un régimen de transparencia patrimonial reforzada, orientado a garantizar mayor trazabilidad y control sobre la evolución de los bienes de quienes ejercen o aspiran a cargos públicos en la provincia.
Se enmarca en principios constitucionales y en la Ley Nacional de Ética Pública, reforzando el acceso a la información y la confianza ciudadana en las instituciones.
👥 Alcance del proyecto
La norma alcanza a:
♦️Candidatos a cargos electivos provinciales
♦️Funcionarios del Poder Ejecutivo provincial
♦️Autoridades de organismos descentralizados y entes autárquicos
♦️Empresas con participación estatal
Toda persona que ejerza funciones públicas bajo designación provincial
📄 Declaración jurada complementaria
Uno de los ejes centrales es la creación de una declaración jurada adicional obligatoria, que deberá incluir:
Si el funcionario o candidato se acogió a regímenes de:
🔶blanqueo de capitales
🔶sinceramiento fiscal
🔶regularización patrimonial
🔶Información correspondiente a los últimos 10 años
🔶Detalle de bienes regularizados y su origen
🔶Constancia de inclusión en declaraciones juradas patrimoniales previas
Además, el alcance incluye también:
Cónyuge o conviviente
Hijos menores
Sociedades, fideicomisos y estructuras jurídicas vinculadas al declarante como beneficiario final
🔎 Publicidad y control
El proyecto establece que:
Las declaraciones tendrán carácter público, con resguardo de datos sensibles
La autoridad electoral provincial será responsable de su control
Se otorgará un plazo de 15 días hábiles para subsanar inconsistencias u omisiones
⚖️ Sanciones y consecuencias
En caso de incumplimiento:
♦️Candidatos: no podrán ser oficializados hasta cumplir con la presentación (requisito subsanable)
♦️Funcionarios: será considerado falta grave con apertura de sumario disciplinario
♦️En caso de falsedad u omisión maliciosa:
intervención de la Justicia penal
posible encuadre en el artículo 268 del Código Penal (enriquecimiento ilícito u omisiones vinculadas)
Además, el texto aclara que cualquier restricción de derechos políticos solo podrá derivarse de condena penal firme.
🧾 Principios de la ley
El articulado establece que la norma deberá interpretarse bajo:
Constitución Nacional y Provincial
Tratados internacionales de derechos humanos
Principios de transparencia, debido proceso y proporcionalidad
No retroactividad sobre situaciones ya consolidadas
🗣️ Fundamentación política
En sus fundamentos, D’Alessandro sostiene que la iniciativa responde a una demanda social creciente de mayor control sobre la conducta patrimonial de los funcionarios públicos, destacando la necesidad de “recuperar la confianza en la política” y elevar los estándares éticos de quienes administran recursos del Estado.
⭐ Dato destacado
El proyecto incorpora por primera vez en la provincia la obligación de declarar si el funcionario o candidato se acogió a regímenes de blanqueo o regularización patrimonial, extendiendo además el control a estructuras familiares y societarias vinculadas.