La Cámara Federal de Casación Penal rechazó todos los recursos y despejó el camino para ejecutar una confiscación patrimonial de más de 684 mil millones de pesos que además abarca los departamentos e inmuebles de la ex vicepresidenta heredados por sus hijos Máximo y Florencia. La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó este viernes los recursos presentados por Cristina Fernández de Kirchner, Lázaro Báez, Máximo Kirchner, Florencia Kirchner y otros condenados en la causa conocida como "Vialidad", y confirmó el decomiso de un extenso listado de bienes inmuebles destinados a satisfacer una pena que, en cifras actualizadas, asciende a $684.990.350.139,86.
La resolución, firmada por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña, despeja el último obstáculo procesal para avanzar en la realización de ese patrimonio. Sin embargo, los condenados aún tienen la oportunidad de ir a la Corte a través de un recurso extraordinario federal.
En junio del año pasado, la Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó la queja de la defensa de Cristina Fernández de Kirchner y confirmó su pena de seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por haber sido considerada autora del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. Con esa condena firme, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 2 ordenó, el 18 de noviembre de 2025, la identificación y realización de bienes para ejecutar el decomiso. Fue esa resolución la que todos los condenados llevaron a casación, y que este viernes quedó confirmada en su totalidad. Próximos pasos: el recurso extraordinario y el rol de la Corte Suprema
Cristina y el resto de los condenados pueden objetar esta decisión a través de un recurso extraordinario federal, del cual tienen un plazo de presentación de 10 días hábiles. De ser aceptado por casación, le abrirá la puerta a que sea la Corte Suprema quien finalmente decida si se debe ejecutar o no el decomiso de los bienes.
Sin embargo, el fallo activa el mecanismo institucional por el cual la Corte Suprema puede reclamar para sí, o para el Consejo de la Magistratura, algunos de los bienes confiscados, en lugar de que sean vendidos y el producido ingrese al erario público.